Viernes 10 de Abril de 2026

LOCALES

26 de agosto de 2020

Violar la restricción de circulación podría implicar entre seis meses y dos años de prisión

El Gobierno publicó este martes el decreto por el cual se restringió la circulación en toda la provincia entre las 0.30 y las 7 horas. Tal como se informó cuando se anunció, la medida se tomó luego de la gran cantidad de fiestas clandestinas de las que el COE tomó conocimiento.

El incumplimiento de la restricción dispuesta deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205° y 239° del Código Penal de la Nación".

Según el artículo Nº205 del Código Penal, pueden corresponder entre seis meses y dos años de prisión para todo aquel "que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia", y según el artículo Nº239 podría caber prisión de quince días a un año para quien "se resista o desobedezca a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones".

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