Domingo 19 de Abril de 2026

JUDICIALES

18 de octubre de 2019

Revés para Mauricio Macri: la Corte Suprema desestimó el pedido por IVA y Ganancias

El fallo rechazó el pedido de Ejecutivo nacional respecto de las medidas cautelares y se expresó a favor del reclamo realizado por 15 provincias, entre ellas, Catamarca.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el pedido de aclaraciones del Gobierno nacional en la causa en la que resolvió que la reducción del IVA y del Impuesto a las Ganancias no puede afectar los fondos de Coparticipación a las provincias.

El fallo fue firmado por los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, los mismos jueces que habían fallado el 1 de octubre en contra del Gobierno y a favor de un grupo de quince provincias que presentaron demandas.


 
El pasado 1 de octubre, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó una medida cautelar en contra del Estado nacional, por medio del cual lo obliga a asumir el costo financiero de las medidas dispuestas por el Presidente Mauricio Macri, luego de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) de agosto.

La decisión de la Corte  señala que el Gobierno deberá ahora administrar las herramientas necesarias para implementar las rebajas al IVA y Ganancias que decidió por decreto, pero sin tocar los fondos coparticipables que corresponden por ley a las provincias demandantes.

“El Poder Ejecutivo debió haber cuantificado los costos de las reducciones que dispuso y tenido en cuenta sus efectos al momento de establecerlas por decreto”, dice el fallo, que vuelve a darle un duro revés a la gestión de Mauricio Macri.

El máximo tribunal también recordó que, como se afirma en la propia presentación del Estado Nacional, es el presidente, como jefe supremo de la Nación, jefe de Gobierno y responsable político de la administración del país, quien cuenta con los elementos y potestades tendientes a cumplir de forma efectiva lo resuelto por el tribunal.


 
También, destacó la Corte que su decisión no limita el diálogo institucional que el Estado nacional y las provincias considerasen adecuado establecer como órganos superiores de la organización constitucional.

La Corte desestimó el pedido de aclaraciones del Estado nacional respecto de las medidas cautelares dictadas el 1° de octubre de 2019.

Mediante esas medidas, el tribunal había ordenado que los efectos fiscales de la aplicación de los decretos N° 561/19 y N° 567/19 sean asumidos con recursos propios del Estado nacional, sin afectar la Coparticipación que corresponde a las provincias.

Así, el máximo tribunal se expresó a favor del reclamo hecho por Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán.

Para desestimar el pedido de aclaratoria, el Tribunal remarcó en primer término que la presentación del Estado nacional no explicaba cuál era la “complejidad técnica” y las supuestas “dificultades” para cumplir con las medidas dictadas.

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