Jueves 16 de Abril de 2026

POLITICA

24 de abril de 2020

Autorizan profesiones liberales en Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén y Jujuy

El Gobierno aclaró que los desplazamientos de quienes se desempeñen en esas actividades "deberán limitarse al estricto cumplimiento" de esas funciones, por lo que "los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones".

El Gobierno resolvió hoy permitir la actividad de las "profesiones liberales" en las provincias de Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén y Jujuy, que quedarán exceptuadas en ese aspecto del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por la pandemia de coronavirus.

En una medida firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Salud, Ginés González García, el Poder Ejecutivo estableció que esas actividades quedarán sujetas a la "implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios que cada jurisdicción establezca, en cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales".

"En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio", consignó la resolución.

El gobierno ya había anticipado que iba a autorizar en varias provincias las llamadas "profesiones liberales", como las de abogados, contadores y otras con título habilitante.

No obstante, el Gobierno aclaró que los desplazamientos de quienes se desempeñen en esas actividades "deberán limitarse al estricto cumplimiento" de esas funciones, por lo que "los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por las respectivas jurisdicciones".

Tras aclarar que "los profesionales alcanzados por esta decisión administrativa deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19", la decisión administrativa indicó que la flexibilización de esas actividades "podrá ser dejada sin efecto por cada gobernador, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia".

La resolución administrativa 622 será publicada en las próximas horas en el Boletín Oficial.

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