Domingo 19 de Abril de 2026

INTERNET

11 de octubre de 2019

A través de una fiscalía, dos mujeres lograron el derecho al olvido

El fiscal de Cibercrimen tramitó ante Google que elimine de sus búsquedas fotos íntimas de dos cordobesas.Buscan a quienes las divulgaron.Ambas denuncias fueron por falta de consentimiento.

Difusión no consentida de imágenes íntimas” es una expresión que se está “poniendo de moda” en las redes, pero es un delito que la Justicia ya comenzó a investigar y a perseguir.

La reciente creación de la fiscalía de Cibercriminalidad, en la ciudad de Córdoba, ha venido a cubrir no sólo los fraudes o delitos económicos sino también lo que tiene que ver con la esfera más íntima de las personas y sus relaciones.

A poco más de un mes de actuación, el titular de esa oficina, el fiscal Franco Pilnik Erramouspe, reveló a La Voz que a raíz de sendas denuncias de dos mujeres –una de 20 años y otra de 40–, se logró que Google elimine de su motor de búsqueda las fotos y videos íntimos que habían salido, sin consentirlo, de los teléfonos de estas cordobesas.

Hasta ese momento, quienes consultaban en el buscador más conocido el nombre de estas mujeres encontraban en el tope de la selección las fotos o videos en situaciones íntimas.

La aplicación del llamado “derecho al olvido” que consiguió la fiscalía cordobesa se tramita ante la multinacional, pero es de difícil obtención si no se fundamentan debidamente las razones.

El buscador refleja todo aquello que se publica en cualquier sitio de la web y no suele responder a los requerimientos de personas que aparecen en esos portales.

En paralelo, mientras sigue la investigación para detectar a los responsables y con el fin de hacer cesar los efectos del delito, la fiscalía de Cibercrimen hizo otro pedido a sitios de contenidos pornográficos y logró que las imágenes de las cordobesas fueran bajadas de inmediato.

Para alivio de las víctimas, y mientras se profundiza la investigación en torno de los responsables, en un tiempo breve se logró eliminar esos contenidos de la red electrónica.

Los casos en cuestión involucran a una joven de 20 años y a una mujer de 40. La primera se presentó a denunciar la divulgación de imágenes –fotos y un video– que se había tomado desnuda con su teléfono y había enviado a su novio.

La presentación de la joven señalaba que ignoraba cómo habían salido de la esfera de los teléfonos de ambos, pero esas imágenes estaban en el sitio pornográfico “Poringa”.

Lo llamativo es que, además de la “divulgación no consentida de imágenes íntimas”, en este caso se configuró una extorsión, lo que en términos técnicos se llama sextorsión. La joven había recibido un e-mail en el que le decían “Tengo estas fotos tuyas”, acompañadas de las imágenes que la avergonzaban. Al final del correo electrónico, se expresaba “Comunicate conmigo”.

El otro caso es el de una mujer que registró imágenes en la intimidad con su pareja. Las secuencias de fotos y de video aparecieron en un sitio pornográfico amateur del extranjero. Se tomaron medidas urgentes y se logró que el sitio bajara los contenidos de su portal.

Lo más grave era que los nombres de ambas mujeres estaban asociados con las imágenes en la primera búsqueda de Google. En este caso, se impusieron los fundamentos y se consiguió el tan difícil y polémico “derecho al olvido” del más popular de los buscadores.

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