Viernes 24 de Abril de 2026

POLITICA

23 de abril de 2019

Elecciones 2019: ¿cuánto deberán pagar los que no voten?

La Justicia Nacional Electoral confirmó los montos de las sanciones para aquellos que no cumplan con su deber cívico los próximos meses y habilitó la consulta web del Registro de Infractores.

Según lo informado por la Justicia Nacional Electoral en las últimas horas, no concurrir a votar sin justificativo durante las próximas elecciones traerá como consecuencia multas de $50 pesos en el caso de las PASO y de $100 en la instancia general y el posible balotaje.

Además, quedó habilitada vía web la consulta al Registro de Infractores al deber de votar, para que cada elector pueda corroborar si se encuentra o no en calidad de infractor y, en tal caso, regularizar su situación o efectuar un reclamo.

Quienes figuren dentro de esta categoría, podrán generar e imprimir la correspondiente boleta en la misma página de internet y efectuar el pago de la multa. Cabe resaltar que el monto de las sanciones integra el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.

Aquellos que consideren que se encuentran en el listado por error, tendrán la posibilidad de realizar un reclamo de forma online o acercándose a la Secretaría Electoral correspondiente a su domicilio, con su documento y el troquel que acredita el voto.

Mientras no regularicen su situación, los infractores no podrán realizar gestiones o trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipales durante un año.

La deuda puede saldarse personalmente, a través del Banco de la Nación Argentina, o por medios electrónicos como tarjeta de crédito, transferencia bancaria, pago en efectivo o cuenta virtual. Para que se actualice la información en la consulta, deben transcurrir dos días hábiles.

Cabe aclarar que los electores mayores de 70 años y los menores de 18 años no figurarán en el Registro de Infractores, aunque no hayan votado. Lo mismo ocurre con aquellos que no hayan votado pero hayan justificado la no emisión.

También estarán exentos quienes se hayan desempeñado como autoridades de mesa, delegados de la Justicia Nacional Electoral, miembros de las fuerzas de seguridad afectados al Comando General Electoral y personal del Correo Oficial afectado al Servicio Electoral.

 

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