Sábado 4 de Abril de 2026

JUDICIALES

28 de abril de 2016

La Cámara Federal confirmó la validez como prueba de la filmación en "La Rosadita"

Se trata del video grabado en la ex financiera SGI, denominada "La Rosadita", donde se ve al hijo de Lázaro Báez, Martín, y a otros procesados contando una importante suma de dinero.

El Tribunal de Apelaciones rechazó así un planteo de nulidad que había presentado Sebastián Perez Gadín, el hijo del detenido contador de Báez, Daniel Pérez Gadín, según el fallo al que accedió Télam.
El video fue considerado como una prueba fundamental por el juez federal Sebastián Casanello al procesar a los Báez y el resto de los acusados.

Casanello había rechazado el planteo de nulidad hecho por el hijo del abogado y sus defensores Valeria Onetto y Oscar Vignale apelaron ante la sala II de la Cámara, que ratificó lo resuelto por el juez.
Los camaristas rechazaron todos los argumentos dados por Pérez Gadín y remarcaron que las imágenes fueron tomadas por las cámaras de seguridad de la Rosadita, algo que "no puede sostenerse que fuera ignorado por quienes aparecen allí grabados lo que aleja la expectativa de intimidad o confidencialidad alegada".

"Las captaciones de ese sistema de prevención, operan como un 'testigo silencioso' de lo que allí acontece", sostuvieron los camaristas Horacio Cattani, Eduardo Farah y Martín Irurzun.
Pérez Gadín sostenía que se había violado su intimidad al ser filmado en la oficina de SGI junto a Martín Báez, Fabián Rossi y otros procesados en la causa como partícipes del delito de lavado de activos.

Y sobre el uso de las imágenes como prueba en la causa y la manera en cómo llegaron al juzgado tras ser difundidas en el noticiero "Telenoche", los camaristas consideraron que "no debe perderse de vista que su contenido resultaba accesible a un número indeterminado de personas".
Por ello cualquiera de ellas "pudo haberlas registrado; y ante el estado público que han tomado las investigaciones llevadas a cabo, pudo entender que la filmación aquí cuestionada podía revestir interés para ello".

"Y en este sentido, consideramos que la prueba así obtenida y aportada por un particular -sea a un medio periodístico como en el caso, o a una autoridad judicial como ocurrió luego-, no contraviene norma constitucional o procesal alguna", concluyeron los camaristas.
Más aún, remarcaron, "si, tal lo acontecido, esos elementos, presuntas pruebas de la configuración de un delito, fueron finalmente aportadas al Magistrado a cargo de la investigación a los fines de su conocimiento y evaluación".

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

JUDICIALES
SIN IMAGEN

Las transferencias sospechosas de la AFA a dos parejas de Bariloche

En los extractos bancarios figuran envíos millonarios de dinero a empresas sin actividad. También hay gastos en vuelos y compañías que alquilan yates de lujo.
JUDICIALES
SIN IMAGEN

Fentanilo mortal falencias en las historias clínicas, peritos confirman “incremento del riesgo de muerte” por contaminación

El Cuerpo Médico Forense entregó un nuevo estudio sobre otras 23 historias clínicas de 173 pacientes fallecidos. El magistrado ya había solicitado “establecer un mecanismo estandarizado, uniforme y digital de las historias clínicas”
JUDICIALES
SIN IMAGEN

"antecedente fundamental" un fallo contra el Síndrome de Alienación Parental

El falso diagnóstico denominado SAP "fue propuesto por Richard Gardner en 1985 como la situación en la cual uno de los padres -generalmente la madre- crea una campaña de denigración contra el otro, en el marco de las disputas surgidas entre ellos, en especial, cuando se está definiendo la custodia y el cuidado de los hijos", explica la sentencia.

Comentarios

Escribir un comentario
Tu comentario se publica directamente al enviarlo.
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.